Mengíbar entra en nivel 1 de alerta sanitaria por COVID-19 hoy, 18 de diciembre de 2021

Mengíbar entra en nivel 1 de alerta sanitaria por COVID-19 hoy, 18 de diciembre de 2021

De acuerdo al BOJA extraordinario núm. 92 de 17 de diciembre de 2021, todo el distrito sanitario de Jaén (entre los que se encuentra Mengíbar) se declara en nivel de alerta 1.

 

Dicha medida entra en vigor hoy, 18 de diciembre de 2021, y tendrá una duración inicial de 10 días naturales.

Se realizará un seguimiento continuo de la situación epidemiológica por parte de los Comités Territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto de la Junta de Andalucía.

 

De acuerdo a los últimos datos publicados por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, Mengíbar se encuentra en una tasa de incidencia 90 a 14 días. En las últimas 2 semanas han sido 9 lo positivos por COVID19 en nuestro municipio.

 

Con esta medida Mengíbar pasa de nivel 0 a nivel 1, que aunque es una situación controlada requiere de la puesta en marcha de medidas preventivas frente a COVID-19.

 

Medidas y restricciones COVID en nivel 1 de alerta sanitaria en Andalucía.

Los niveles de alerta sanitaria son los diferentes estadios marcados para la gestión de la pandemia del COVID-19, aplicables territorialmente en función de la evolución de diversos indicadores de riesgo que determinan las autoridades sanitarias.

 

Dichos indicadores tienen en cuenta el tamaño, el territorio y las características de la población del ámbito que se está evaluando, y se basan en información detallada de los casos.

 

Resumen medidas anti-COVID para zonas 0, 1 y 2

 

De acuerdo a la web de la Junta de Andalucía: Medidas preventivas COVID 19 - Junta de Andalucía (mapacovid.es), las medidas vigentes son:

  • Para los niveles 0, 1 y 2 será obligatorio presentar el pasaporte COVID en hospitales, centros sanitarios y los establecimientos de hostelería y ocio nocturno.
  • El uso de los aseos, vestuarios, probadores, salas de lactancia o similares de clientes, visitantes o usuarios será conforme al aforo autorizado en los mismos, manteniendo el uso obligatorio de mascarilla, una ventilación adecuada y estableciendo las medidas organizativas oportunas para evitar aglomeraciones que impidan mantenimiento de las medidas preventivas y de higiene, adecuadas para prevenir los riesgos de contagio.
  • No será necesario la realización de la evaluación de riesgo por la autoridad sanitaria para las actividades, pruebas y eventos deportivos de ocio, competición o exhibición que concentren a más de 2.000 personas entre participantes y público al aire libre o en instalaciones deportivas al aire libre, y en el caso de que concentren a más de 1.000 personas en instalaciones deportivas cubiertas.
  • La circulación de las personas deberá organizarse de manera que se respete la distancia de seguridad interpersonal.
  • Entradas y salidas escalonadas a recintos cerrados.
  • En el caso de espectáculos públicos o eventos multitudinarios será obligatorio el uso de la mascarilla aunque se celebren en espacios al aire libre. Se establecerán sectores independientes de máximo 1.000 personas respetando en todo momento las normas de seguridad y evacuación. Se designará un punto de acceso a cada sector con servicios independientes. No será necesaria realizar la evaluación de riesgos por la autoridad sanitaria.

Las medidas preventivas para la práctica de navegación de recreo en el nivel 1 y 2 serán las mismas que las establecidas en el artículo 24.2 de la Orden de 7 de mayo de 2021.

 

Pasaporte COVID obligatorio para ocio y restauración desde el día 20 de diciembre de 2021.

En la web de Guadalinfo Mengíbar tienes toda la información para obtener tu certificado COVID

 

 

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