Ante las numerosas consultas que hemos recibido por parte de la ciudadanía durante los últimos días, desde el Ayuntamiento de Mengíbar queremos trasladar la información básica sobre el Ingreso Mínimo Vital, una medida recién aprobada por el Gobierno central que tiene como objetivos erradicar la pobreza y favorecer la participación en el mercado laboral y la inclusión social de las personas en situación de vulnerabilidad.
Solicitudes
– Las solicitudes se podrán presentar a partir del 15 de junio de 2020 en la sede electrónica de la Seguridad Social. ENLACE
Requisitos
Los requisitos para acceder a esta nueva ayuda son:
– Cumplir las condiciones de vulnerabilidad económica que se establecen.
– Tener más de 23 años (salvo que tenga algún menor a su cargo) y menos de 65.
– Residencia continuada e ininterrumpida en España durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud y residencia legal en nuestro país en el caso de ciudadanos extranjeros.
– Para los solicitantes que viven solos, no integrados en una unidad de convivencia, se exige haber vivido durante al menos los tres años previos a la solicitud de forma independiente de los progenitores
Preguntas y respuestas sobre este nuevo derecho:
¿Cómo, cuándo y dónde puedo solicitar el Ingreso Mínimo Vital? ENLACE
Simulador del Ingreso Mínimo Vital
– ¿Tengo derecho al Ingreso Mínimo Vital? ENLACE
– Simulador del Ingreso Mínimo Vital?: Compruebe si puede beneficiarse de esta prestación y su cuantía. ENLACE
– Teléfono de información IMV: 900 20 22 22
Guía informativa
– Guía de facilitación de acceso a las medidas. ENLACE
Más información:
Presentación del Ingreso Mínimo Vital
290520-Ingreso-minimo-vital
Real Decreto del Ingreso Mínimo Vital publicado en el BOE
RD INGRESO MINIMO VITAL BOE-A-2020-5493
El Ingreso Mínimo Vital: un modelo innovador para luchar contra la pobreza severa.