Ayudas para fomentar el empleo por cuenta propia entre los estudiantes y titulados de la Universidad de Jaén

Ayudas para fomentar el empleo por cuenta propia entre los estudiantes y titulados de la Universidad de Jaén

La Concejalía de Empleo del Ayuntamiento de Mengíbar informa de que se ha abierto la quinta convocatoria de ayudas económicas destinadas a fomentar la creación de empleo por cuenta propia entre los estudiantes y titulados de la UJA.

 

El objeto principal de la Convocatoria es la regulación de la concesión de incentivos económicos destinados a apoyar a las personas emprendedoras universitarias en el inicio de su proyecto de empresa, bien mediante autoempleo o mediante figuras societarias, que desarrollen su actividad en la provincia de Jaén.

 

El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, resolviéndose por orden de llegada las solicitudes, que pueden presentarse hasta el 31 de octubre de 2020.

 

La cuantía máxima de las ayudas es de 2.900€, tanto para autónomos, que sean titulados o estudiantes de la UJA, como para sociedades cuyo 50% de socios sean titulados y/o estudiantes de la UJA.

 

Los solicitantes deben disponer de un proyecto de negocio para iniciarlo o que lo estén desarrollando en la actualidad, en la provincia de Jaén, siempre que no hayan transcurrido más de seis meses desde su alta en autónomos, o, desde el inicio de la actividad, en el caso de las sociedades.

 

Los gastos subvencionables son:

 

  1. a)        Los derivados del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o en el que legal o estatutariamente le corresponda.
  2. b)        En el caso de sociedades, gastos notariales y de registro mercantil que conlleven la constitución de la empresa.
  3. c)         Servicios de alojamiento Web.
  4. d)        Adquisición y tratamiento de software o aplicaciones Cloud, Apps o similares.
  5. e)        Gastos en publicidad y promoción.
  6. f)         Gastos corrientes, necesarios para el funcionamiento del negocio:

-           Teléfono e internet, suministro eléctrico y de agua.

-           Adquisición de material fungible de oficina.

-           Reparaciones y mantenimiento de las instalaciones.

-           Contratación de seguros obligatorios.

-           Certificación de protección de datos.

-           Arrendamiento de local.

 

En el caso de que se presenten gastos corrientes, estos no podrán superar el 50% de la subvención concedida.

 

Los interesados pueden ampliar información y consultar la documentación de esta iniciativa en el Portal de Empleo y Emprendimiento de la UJA.

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